domingo, 7 de febrero de 2010

Normas Internacionales del Trabajo reconocidas por México

CONFEDERACIÓN SINDICAL INTERNACIONAL (CSI)
NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO
RECONOCIDAS EN MÉXICO
INFORME PARA LA REVISIÓN DE LA POLÍTICA
COMERCIAL DE MEXICO DEL CONSEJO GENERAL DE LA
OMC
(Ginebra, 11 - 13 de febrero del 2008)


SUMARIO

México ha ratificado únicamente seis de los ocho convenios fundamentales de
la “Organización Internacional del Trabajo”. La violación de los principios que
emanan de esta normativa internacional vinculante para los estados miembros de la
OIT, de la cual México es uno de ellos, es constante y sistemática.

Las violaciones a la autonomía sindical son constantes y la creación de un
sindicato independiente una carrera de obstáculos debido a las formalidades
necesarias para ello.

El derecho de huelga está igualmente limitado, lo que ha llevado
a los órganos supervisores de la OIT a recomendar que México modifique su
legislación en vigor.

Numerosos sindicalistas sufren agresiones y muchos de ellos son
asesinados impunemente en su intento de ejercer estos derechos.
La legislación en vigor contra la discriminación no se hace cumplir y las
diferencias de remuneración entre hombres y mujeres son elevadas. Las personas con
discapacidad y los indígenas sufren discriminación abierta.

El acoso sexual es un
problema común en los lugares de trabajo sin estar adecuadamente tratado por el
gobierno.

Más de tres millones de niños trabajan en México debido a la pobreza y las
desigualdades dentro del país. Muchos niños abandonan la escuela antes de finalizar
la enseñanza obligatoria y el estudio en otro idioma que no sea el español no está
garantizado, por lo que muchos niños de origen indígena se ven privados de seguir
con éxito su educación.

El trabajo forzoso es común en México, incluidos niños. México es un país de
origen, tránsito y destino de personas para fines de explotación sexual.


NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO RECONOCIDAS
EN MÉXICO

Introducción

Este informe sobre el respeto de las normas internacionales del trabajo en México es uno más de la serie que la “Confederación Sindical Internacional” lleva produciendo de acuerdo con la declaración ministerial adoptada en la primera conferencia ministerial de la “Organización Mundial del Comercio” (Singapur, 9-13 de diciembre de 1996) en la que los ministros afirmaron: “Renovamos nuestro compromiso con la observancia de las normas internacionales del trabajo internacionalmente reconocidas”.

La cuarta conferencia ministerial de la OMC (Doha,9-14 noviembre 2001) reafirmó este compromiso. Estas normas fueron más adelante recogidas en la “Declaración sobre derechos y principios fundamentales en el trabajo” de la “Organización internacional del trabajo” adoptada por 174 países miembros de esta organización en la “Conferencia internacional del trabajo” en junio de 1998.

México se convirtió en miembro de la “Organización mundial del comercio” en 1995. En septiembre del 2003, fue el país anfitrión de la quinta conferencia ministerial de la OMC celebrada en Cancún.

La “Confederación sindical internacional” tiene cinco centros nacionales mexicanos afiliados. En concreto, la CTM-“Confederación de trabajadores de México”, la COR-“Confederación obrera revolucionaria”, la CROC-“Confederación revolucionaria de obreros y campesinos”, la CNT-“Consejo nacional de los trabajadores” y la UNT-“Unión nacional de trabajadores”.

México tiene una hoy en día una economía de mercado que comprende una mezcla de industria moderna y tradicional y agricultura, dominada cada vez más por el sector privado. La distribución de la renta en el país es muy desigual. El producto interior bruto está estimado en aproximadamente 750 millones de dólares estadounidenses. Los principales productos agrícolas de México son el maíz, el arroz, las alubias, el algodón, el café, la fruta, los tomates, la carne de vaca y la carne de ave.

Sus industrias más relevantes son las de procesamiento de bebidas y comidas, tabaco, química, metal y acero, petróleo, minería, textiles y vestimenta, vehículos de motor y el turismo.

México importa principalmente máquinas para tratar el metal, maquinaria agrícola, equipos eléctricos, partes separadas de automóviles para ensamblaje, y partes de avión. Sus clientes comerciales importadores son principalmente los Estados unidos, China, Japón y Corea del sur.

México exporta productos manufacturados, aceite y productos derivados, plata, fruta, vegetales, café y algodón, siendo sus principales socios comerciales de exportación los Estados unidos, Canadá y España.

La balanza comercial mexicana alcanzó un saldo negativo en agosto del 2007, con exportaciones que sumaban 24.194,2 millones de dólares estadounidenses e importaciones que alcanzaban los 25.366, 3 millones.

México ha firmado 12 tratados de libre comercio con 43 países. El 90 por cien de su comercio está bajo este régimen. Así, ha concluido acuerdos de libre comercio con Costa Rica, Bolivia, Nicaragua, Chile, Israel, la Unión europea, Uruguay o Japón.

Igualmente ha firmado un acuerdo con la Asociación europea de libre comercio, en
concreto, con Islandia, Suiza, Noruega y Liechtenstein. México ha comenzado negociaciones para establecer un tratado de libre comercio con Brasil, Argentina y
Paraguay así como con Corea del sur, Singapur y Perú.

México firmó el “Tratado de libre comercio de América del norte” (TLCAN) en 1994 con los Estados Unidos y Canadá, siendo el acuerdo más importante que México ha firmado en términos de magnitud del comercio recíproco así como por su alcance.


Libertad sindical y derecho de negociación colectiva

México ratificó el convenio 87 (convenio sobre la libertad sindical y protección de derecho de sindicación, 1948) el 1 de abril de 1950. Sin embargo, aún no ha ratificado el convenio 98 (convenio sobre el derecho de organización y negociación colectiva, 1949).
La ley federal concede a los trabajadores el derecho a afiliarse y formar sindicatos de su elección. Por ley, 20 trabajadores pueden formar un sindicato independiente con la necesidad de registrarlo formalmente. No se requiere ninguna autorización previa. Sin embargo, las formalidades de registro son complicadas siendo sistemáticamente utilizadas por el gobierno para rechazar solicitudes de sindicatos independientes. Los sindicatos deben inscribirse en el Registro de Asociaciones, una oficina de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.

Las autoridades pueden negarse a tomar nota si consideran que el sindicato ha violado o no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo. Un sindicato no registrado no puede convocar huelgas ni participar en negociaciones colectivas y, además, está excluido de todo comité tripartito.

El establecimiento de un sindicato independiente, es decir, un sindicato que no esté controlado por los empleadores, equivale a una carrera de obstáculos. Las dificultades para obtener la personería jurídica son aprovechadas por el gobierno para negar el registro de un sindicato o para favorecer a un dirigente sindical frente a otro.

Los propios empleadores a veces establecen un sindicato, aunque puede suceder que los trabajadores/as ni siquiera sepan que hay uno en su fábrica. Se han venido a denominar sindicatos fantasmas. Otra forma de injerencia en la autonomía sindical es cuando el mismo gobierno interviene en la decisión de nombrar o destituir un dirigente sindical.

La ley impone un monopolio sindical para los funcionarios del Estado, prohibiendo la coexistencia de dos o más sindicatos en el mismo organismo estatal. Igualmente, la ley obliga a los trabajadores/as a afiliarse a los sindicatos pertenecientes a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE). Los funcionarios no pueden abandonar el sindicato al que se hayan afiliado.


También se impone por ley el monopolio sindical con respecto a la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios. La Corte Suprema de Justicia decretó en 1999 que la imposición de un monopolio sindical en el sector público suponía la violación de la libertad sindical establecida en la Constitución. El gobierno aún tiene que adaptar la ley a este pronunciamiento.

La ley concede el derecho a organizarse y a la negociación colectiva. Los contratos de negociación colectiva cubren aproximadamente al 7 por cien de los trabajadores. Las carencias de la Ley Federal del Trabajo han sido explotadas para generar falsos contratos colectivos denominados contratos de protección. Estos contratos consisten en un acuerdo por el cual la empresa paga una suma mensual al sindicato. A cambio, el sindicato garantiza la paz social. Las cláusulas de exclusión en los contratos de protección dan a los sindicatos favorables al sector empresarial el derecho a exigir que ciertos trabajadores/as sean despedidos. Estas cláusulas con frecuencia son invocadas para lograr el despido ilegal de los trabajadores/as que simpatizan con los sindicatos independientes. Existen sitios en Internet donde se ofrecen modelos de contratos que simplemente deberán ser adaptados por el empleador.

Muchos de los trabajadores/as de la educación, de los medios informativos, los investigadores del “Instituto Nacional de Antropología e Historia”, de las dependencias gubernamentales y de las maquiladoras, son empleados mediante contratos civiles de prestación de servicios profesionales y en ocasiones se les obliga a firmar una declaración aceptando que no se trata de un contrato de trabajo. En estas condiciones, legalmente no tiene derecho a constituir ni afiliarse a sindicatos, pudiendo sólo ser miembros de asociaciones civiles, sin derecho a huelga ni a negociación colectiva.

La gestión y la patronal de las maquilas utilizan a menudo contratos protegidos para desmotivar a los trabajadores de formar sindicatos independientes dentro de una compañía. Estos contratos son acuerdos colectivos negociados por la gestión y un representante de una organización laboral sin el conocimiento de la fuerza del trabajo.
Las maquiladoras son sinónimo de horas extraordinarias no remuneradas, acoso sexual, discriminación en el empleo, precauciones de salud y seguridad inexistentes, despidos injustificados y la imposibilidad de organizarse. La mayoría de las maquiladoras se trasladan sin pagar los beneficios adeudados a sus empleados.

Otro problema es el despido de mujeres embarazadas. El sector de la maquiladora subcontrata a sus trabajadoras a fin de evadir cualquier responsabilidad. En las fábricas circulan regularmente listas negras con nombres de sindicalistas para no ser contratados. Este sector está viviendo una situación de crisis ya que cientos de maquiladoras han abandonado México para instalarse en China o América Central.

La ley prevé igualmente el derecho a la huelga en el sector público y privado. El artículo 123 de la constitución mexicana, inciso XVIII, establece que las “huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital. En los servicios públicos será obligatorio para los trabajadores/as dar aviso con diez días de anticipación, a la Junta de Conciliación y Arbitraje, de la fechas señalada para la suspensión del trabajo. Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos

y servicios que dependan del gobierno”. Los empleados del sector público sólo pueden convocar una huelga en el caso de una violación general y sistemática de sus derechos establecidos en la Constitución. Deben contar con el apoyo de dos tercios de los trabajadores/as. El gobierno puede movilizar a los trabajadores/as en caso de emergencia nacional, incluso cuando ésta haya sido ocasionada por un conflicto laboral.
Cada año se contabilizan miles de huelgas, de las cuales se llevan a cabo menos del 0,3%. El Secretario del Trabajo afirma que es síntoma de paz laboral. En realidad, se debe a lo complicado de los mecanismos y a la falta de confianza de los trabajadores en que el Estado cumplirá con su obligación de defender el derecho de huelga. Además, los empleadores recurren a menudo a solicitar la declaración de ilegalidad de las huelgas fundamentándose en la violación de los estatutos de los propios sindicatos.

Para evitar que se declare ilícita una huelga, los sindicatos deben vigilar de manera permanente que los patrones no saquen la maquinaria. Para que se declare ilícita la huelga, el estado o la empresa contratan frecuentemente trabajadores rompehuelgas para provocar actos de violencia o llaman a la policía para terminarla.

Otro recurso es alargar el procedimiento hasta cinco años vía amparos interminables, de manera que los trabajadores/as se desanimen al no poder cubrir sus necesidades y las de sus familias. El gobierno también ha aplicado la requisa que en la práctica implica el recurso a la fuerza pública o a esquiroles para asumir las operaciones en los centros de trabajo. Según el artículo 123 de la Constitución, se permite la requisa sólo en tiempos de guerra.

El último año del gobierno de Vicente Fox, estuvo marcado por un recrudecimiento del uso brutal de las fuerzas represivas contra las distintas formas de protesta social. Desde la desproporcionada represión de la Huelga de Mineros en abril del 2006, pasando por las brutales acciones policiales en San Salvador de Atenco a inicios del mes de mayo del 2006, y culminando con la ola de represión que inundó Oaxaca durante todo el segundo semestre del año 2006, son incontables los casos en que muchos sindicalistas han sido víctimas de detenciones, muertes, maltratos y violencia en todo el país. En este clima de inseguridad, la acción sindical se desvirtúa, al realizarse, ya no sólo poniendo en riesgo el empleo sino la propia vida. Al comenzar el año 2006, aún se encontraba encarcelado Martín Barrios, presidente de la Comisión de los Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacan en Puebla. Fue liberado de prisión el 12 de enero, dos semanas después de ser arrestado por la policía estatal por una acusación de chantaje de parte del dueño de la maquiladora Calidad de Confecciones SA. Muchos activistas laborales de todo el mundo pidieron al gobernador de Puebla liberar de cargos a Barrios, quien había ayudado a trabajadores/as de esta empresa a organizarse para defender sus derechos. El 13 de julio del 2006, elementos de la Secretaría de Protección y Vialidad detuvieron al abogado y dirigente sindical William Santos Sáenz, quien denunció haber sido torturado y amenazado de muerte por los agentes de la Policía Judicial del Estado. Ese día se habían realizado protestas por parte de 37 campesinos de la Comunidad de Caucel, Mérida, contra el gobierno estatal por sus pretensiones de apropiarse de sus tierras ejidales y cederlas a empresarios. El dirigente retenido realiza la defensa legal de estas tierras a favor de los campesinos. El 9 de agosto del 2006, el profesor Germán Mendoza Nube fundador de la Comisión Magisterial de Derechos Humanos (COMADH) y Dirigente del Frente Popular Revolucionario, fue detenido cuando se dirigía a su casa, y golpeado
brutalmente aún cuando el mismo se encuentra en silla de ruedas. La detención la
hicieron más de 30 elementos de la Policía Ministerial vestidos de civil.
El 17 de febrero del 2006, el Secretario General del Sindicato Nacional de
Trabajadores Mineros y Similares de la República de México (SNTMMSRM),
Napoleón Gómez Urrutia, fue destituido de su cargo por orden del Secretario del
Trabajo, Francisco Javier Salazar, quien a su vez impuso el nombramiento de Elías
Morales Hernández.

El gobierno, además, congeló las cuentas bancarias del sindicato,
sin hacer uso de los mecanismos legales en vigor para tales acciones. Estos hechos, de
evidente intromisión directa en los asuntos sindicales por parte del gobierno, y por
ende, violación del derecho a la autonomía sindical, han generado una ola de protestas
de los trabajadores mineros a nivel nacional. El dirigente sustituido ha jugado un
papel importante en las denuncias y críticas al gobierno y la transnacional Grupo
México por su papel en el desastre de la mina de Carbón 8 de Pasta de Conchos,
donde murieron 65 mineros. Asimismo, el dirigente impuesto, es desconocido por los
trabajadores por no representar sus intereses. Había sido expulsado del sindicato hacía
5 años. Dos mineros muertos y 41 lesionados, dos de ellos de gravedad, fue el saldo
que dejó el brutal desalojo efectuado el 20 de abril del 2006 en la empresa Siderúrgica
Lázaro Cárdenas Las Truchas (Sicartsa), donde los trabajadores se encontraban en
huelga desde el 2 de abril exigiendo que se respetara la condición de dirigente sindical
de Napoleón Gómez Urrutia y el retiro del reconocimiento al líder impuesto por ellos.
De forma desproporcionada fueron enviados 800 policías federales y estatales para
enfrentar aproximadamente a 500 trabajadores. Uno de los trabajadores muertos fue
Héctor Álvarez Gómez, representante sindical en la Comisión Mixta de la Empresa
Mittal Steel.


Durante todo del segundo semestre del año 2006, las distintas organizaciones
sociales de Derechos Humanos, Internacionales y Centrales Sindicales han
denunciado la ola de represión contra las organizaciones protestantes en Oaxaca.
Entre estas organizaciones se encuentra el Sindicato Nacional de Trabajadores de la
Educación, a través de sus representantes de Secciones Locales, quienes junto a la
Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca han liderado estas acciones desde sus
demandas de mayores inversiones del estado para fortalecer la educación pública. El
gobierno no ha buscado formas pacíficas de negociación ni diálogo, por el contrario
ha hecho uso excesivo de las fuerzas públicas para reprimir todas las manifestaciones;
así, se reportan decenas de detenidos y por lo menos 3 personas muertas producto de
la violencia incontrolada.

El 25 de marzo del 2006, el Sindicato de Trabajadores del Hospital de Niños
de Puebla, denunció una campaña de despidos injustificados, amenazas, acoso e
irrespeto al contrato colectivo. Dos personas afiliadas al sindicato fueron despedidas.
Una de ellas fue encerrada en una oficina por varias horas y presionada a firmar una
carta de desafiliación. Además, recibió amenazas de ser acusada por responsabilidad
en la muerte de un paciente.


El sindicato de trabajadores de la fábrica Mexmode, en Puebla (SITEMEX)
denunciaron en marzo del 2006, un intento realizado por el director de recursos
humanos de la fábrica de crear un sindicato de empleados confidenciales.

El Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL) había recibido, en
septiembre del 2006, 578 quejas por parte de trabajadores/as en torno a violaciones a
los derechos laborales en empresas como HP, Dell, IBM, Intel, Nokia, Philips, Sony
Ericsson, Motorilla y Sony. Entre las prácticas violatorias más recurrentes se
encuentra la reducción de los contratos colectivos y la obstrucción a la negociación
colectiva acompañados de casos de discriminación, exposición a tóxicos, acoso sexual
y tratos indignos.

El 11 de julio del 2007, la dirección de la planta Johnson Controls en el parque
industrial FINSA en Puebla, despidió a seis trabajadores por intentar crear un
sindicato.

El lunes día 9 de abril del 2007, el trabajador inmigrante Santiago Rafael Cruz,
de 29 años, fue golpeado hasta la muerte en la oficina del Foro Laboral Obrero
Campesino (FLOC, AFL-CIO) en Monterrey, Nuevo León, México. Santiago había
sido un miembro organizador de FLOC durante cuatro años en Toledo, Ohio. Seis
semanas antes de su muerte, se mudó a México como trabajador a tiempo completo.
Se encontraba durmiendo esa época en la oficina mientras buscaba alojamiento
permanente. Testigos que encontraron el cuerpo dijeron al FLOC que Santiago había
sido torturado por más de un individuo. No había señales de robo o de fuerza en la
oficina. Eduardo Rodriguez Cervates, uno de los presuntos coparticipes en el
asesinato de Santiago Rafael Cruz fue apresado por la Patrulla Fronteriza cuando
intentaba cruzar la frontera en Arizona, enviado a México y entregado a las
autoridades del Estado de Sonora. Rodriguez Cervantes fue puesto en libertad pocas
horas después en una acción totalmente irregular.
En enero del 2008, 25000 trabajadores secundaron la huelga nacional
convocada para protestar contra la presencia policial en la mina de cobre de Cananea.
Los trabajadores realizaron una huelga en julio del 2007 igualmente. En enero del
2008 también, ha visto la luz un informe sobre salud e higiene laboral en la mina de
cobre Cananea que denuncia numerosos peligros dentro de este gigante minero e
incluye 72 acciones correctivas necesarias dentro de la empresa.
En México la práctica de recurrir a la subcontratación de trabajadores por
parte de las empresas de componentes eléctricos está muy extendida. Los trabajadores
de este sector no pueden afiliarse a sindicatos y son víctimas de una constante
inestabilidad laboral, de la negación de derechos laborales básicos, como las
vacaciones, por ejemplo. Igualmente, deben de trabajar días laborales interminables,
ritmos de producción intensivos con salarios ínfimos.

El CEACR (Comité de expertos en la aplicación de convenios y
recomendaciones) viene realizando críticas y comentarios en relación a numerosos
artículos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en virtud de la
falta de conformidad con las disposiciones del convenio estableciendo que el
mandamiento de un solo sindicato de burócratas por dependencia gubernativa viola la
garantía social de libre sindicación de los trabajadores. Así, el CEACR pide al
gobierno de México que adopte las medidas necesarias a fin de modificar las
disposiciones legislativas para ponerlas en plena conformidad con el convenio.
El CEACR establece que la exigencia para declarar la huelga de las dos
terceras partes de los trabajadores de la dependencia pública afectada es excesiva y
recuerda que las modalidades y mayorías exigidas no deberían ser tales que el
ejercicio del derecho de huelga resulte en la práctica muy difícil o imposible.
El CEACR sigue recordando al gobierno de México que la referencia al
peligro inminente para la economía nacional es demasiado amplia y que la limitación
del derecho de huelga en aquellas circunstancias en que la economía nacional se ve
afectada puede ir en contra del convenio y que la movilización forzosa de trabajadores
en huelga comporta riesgos de abuso cuando se recurre a ella como medio para
resolver conflictos de trabajo.


Conclusiones:
México no ha ratificado aún el convenio 98 (convenio sobre el
derecho de organización y negociación colectiva, 1949). A pesar del hecho de que la
ley en vigor en el país concede a los trabajadores el derecho de afiliarse y formar
sindicatos de su elección, las formalidades de registro existentes son utilizadas
sistemáticamente por el gobierno para rechazar solicitudes de sindicatos
independientes. Existen numerosas injerencias por parte del gobierno que violan la
autonomía sindical. El derecho a la huelga está reconocido, si bien, existen trabas
para el ejercicio efectivo del mismo que ha llevado incluso a órganos supervisores de
la OIT a advertir al gobierno de México que las limitaciones al derecho de huelga en
el país son demasiado amplias. La situación laboral en las zonas francas de
exportación es nefasta con violaciones continuas donde las horas extraordinarias, el
acoso sexual, la discriminación en el empleo, la inexistencia de precauciones de
salud y seguridad, los despidos injustificados y la imposibilidad de organizarse son
comunes y tienen lugar todos los días. El gobierno de México recurre frecuentemente
a la violencia como medio de resolución de conflictos sociales y políticos.

Eliminación de discriminación respecto al empleo y ocupación.
México ratificó el convenio 100 (convenio sobre igualdad de remuneración,
1951) y el convenio 111 (convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación,
1958) el 23 de agosto de 1952 y el 11 de septiembre de 1961 respectivamente.
La ley prohíbe discriminación basada en raza, género, incapacidad o religión.
Sin embargo existen muchos problemas para hacer cumplir la legislación de manera
efectiva.
La ley establece que las mujeres deben disfrutar de los mismos derechos que
los hombres y que deben recibir igual salario por el mismo trabajo de la misma
calidad, mismas horas, condiciones y eficiencia. Sin embargo, el promedio del salario
de las mujeres es inferior al de los hombres llegando incluso a diferencias del 50 por
ciento en muchos sectores.
La legislación en vigor protege a las mujeres embarazadas; sin embargo,
muchos empleadores obligan a mujeres trabajadoras a someterse a pruebas de
embarazo en los chequeos médicos previos a la incorporación al puesto y realizan
sistemática y continuamente estudios sobre el estado reproductivo de las trabajadoras.
Esta práctica es muy común y está extendida en las empresas de las zonas francas de
exportación.
La ley prohíbe el acoso sexual y establece penas pecuniarias de hasta cuarenta
días de salario, recayendo en la víctima la carga de la prueba. Existen numerosos
informes sobre acoso sexual en el trabajo; sin embargo, las víctimas se muestran
generalmente reticentes a denunciar y consecuentemente la mayoría de casos son
difíciles de determinar y probar.
A pesar del hecho de que la ley prohíbe discriminación contra las personas con
discapacidad física y mental en el empleo, educación, acceso a tratamientos de salud o
cualquier otro servicio, el gobierno de México no garantiza el cumplimiento de las
provisiones de la ley de forma efectiva.

La ley establece protección hacia los indígenas. Las comunidades indígenas,
establecidas principalmente en las regiones del centro y el sur del país representan por
ejemplo el 37 por cien de la población de los estados de Oaxaca y Yucatán.
Restricciones presupuestarias impiden que las medidas establecidas en la ley puedan
cumplir las expectativas y necesidades de la mayoría de las comunidades indígenas.
La población indígena ha sido tradicionalmente discriminada, reprimida y marginada.
El CEACR sigue indicando al gobierno de México desde hace años que
indique si está considerando la posibilidad de dar expresión legislativa al principio de
igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. El
CEACR recuerda al gobierno que el convenio va más allá de la referencia que hace su
legislación a salario igual por trabajo igual y se refiere como elemento de
comparación a la noción de trabajo de igual valor. Asimismo, recuerda que para que
la legislación mexicana se encuentre en conformidad con el convenio, debe dar
expresión legislativa al principio de igualdad de remuneración entre hombres y
mujeres por un trabajo de igual valor.
El CEACR sigue solicitando al gobierno de México que indique si se ha
considerado introducir mecanismos y recursos fácilmente accesibles a las
trabajadoras, contra el acoso sexual y si se ha contemplado, además, la posibilidad de
que los recursos contra el acoso sexual en el lugar del trabajo no resulten en el
despido de la persona acosada, pues aunque tenga el derecho a percibir
indemnización, el despido del acosado resulta más una sanción para el acosado que
para el autor del acoso y puede disuadirlo de presentar recurso alguno. El CEACR
sigue recordando que una protección eficaz contra una discriminación en el empleo
presupone el reconocimiento del principio de protección contra el despido.

Conclusiones: México ha ratificado los dos convenios internacionales de la OIT
que tienen como objetivo luchar contra la discriminación en el empleo y promover la
igualdad de remuneración. Sin embargo, y a pesar de que la legislación nacional en
vigor prohíbe la discriminación en varios frentes, el gobierno no hace efectiva la
aplicación de los principios de estos instrumentos legales. Las mujeres sufren
discriminación abierta en los lugares de trabajo y perciben salarios inferiores al de
los hombres hasta en un 50 por ciento dependiendo del sector de actividad. Las
mujeres embarazadas sufren prácticas discriminatorias. Igualmente, las mujeres
sufren acoso sexual en los lugares de trabajo pero pocos casos se denuncian. Las
personas discapacitadas y las poblaciones indígenas sufren igualmente
discriminación abierta sin que le gobierno pueda garantizar el cumplimiento de las
provisiones de la legislación en vigor.


Eliminación del trabajo infantil.
México ratificó el convenio 182 (convenio sobre las peores formas de trabajo
infantil, 1999) el 30 de junio del 2000. El país aún no ha ratificado el convenio 138
(convenio sobre edad mínima, 1973).

La ley protege a los niños de la explotación en el trabajo, incluyendo la
prohibición del trabajo forzoso. Así, la legislación vigente en el país no permite a
niños menores de 14 años trabajar, y aquéllos en edades comprendidas entre los 14 y
los 16 pueden únicamente trabajar un número limitado de horas con permiso paterno y
nunca trabajo peligroso o nocturno. Sin embargo, el gobierno de México no ha hecho
cumplir de forma efectiva el contenido de la ley. El Instituto Nacional de Estadística,
Geografía e Informática (INEGI), estima que en 2002 más de tres millones de niños y
niñas de entre 6 y 14 años en México trabajaban. De acuerdo con estadísticas
recientes, el 16 por ciento de los niños entre 5 y 14 años están implicados en
actividades laborales.
La enseñanza obligatoria se extiende a nueve años y los padres son los
responsables legales de que sus hijos asistan al colegio. Aunque el 91 por cien de los
niños de entre 6 y 14 años acuden a la escuela, únicamente el 68 por cien acaban los
nueve años de educación obligatoria. La ley establece que la enseñanza se realice en
el idioma oficial de México, el español, sin perjuicio de la protección y promoción de
los idiomas indígenas. Sin embargo, muchos niños indígenas hablan únicamente su
idioma nativo, y el gobierno no provee un número suficiente de profesores bilingües o
nativos en el idioma indígena en cuestión.
La Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Desarrollo Social llevan a cabo
programas para prevenir abusos de trabajo infantil y promover los derechos laborales
de los niños, incluyendo esfuerzos para combatir la explotación comercial sexual de
los mismos. Sin embargo, UNICEF señala que a pesar de los progresos
gubernamentales para la reducción de la incidencia en los últimos diez años, el trabajo
infantil es un problema grave e importante en México.
El CEACR “Comité de Expertos sobre la Aplicación de Convenciones y
Recomendaciones” de la OIT dispone que la expresión “peores formas de trabajo
infantil” abarca todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud,
como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de
siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio. El CEACR señala a la atención del gobierno
mexicano que en virtud del artículo 1 del convenio, cuando un estado miembro
ratifica el convenio deberá adoptar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la
prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil de los menores de
18 años. Por lo tanto, el CEACR ruega al gobierno una vez más que redoble sus
esfuerzos a fin de garantizar la protección de los niños de menos de 18 años contra la
venta y el tráfico de niños con fines de explotación sexual en general y especialmente
para la prostitución.

El CEACR recuerda al gobierno de México que los trabajos que, por su
naturaleza o por las condiciones con las que se llevan a cabo, es probable que dañen la
salud, la seguridad o la moralidad de los niños, constituyen una de las peores formas
de trabajo infantil y se aplican a todos los niños de menos de 18 años. Recuerda
igualmente al gobierno que es posible autorizar el empleo o el trabajo de niños a partir
de la edad de 16 años bajo condiciones estrictas de protección e información previa,
así como previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores.
Por consiguiente, el CEACR pide al gobierno de México que comunique información
sobre las medidas tomadas con el fin de garantizar que los menores de 16 a 18 años
sólo sean autorizados a realizar trabajos peligrosos de conformidad con estas
premisas.
El CEACR ruega al gobierno de México que proporcione estadísticas e
informaciones sobre la naturaleza, la extensión y evolución de las peores formas de
trabajo infantil, sobre el número de niños protegidos por las medidas, sobre el número
y la naturaleza de las infracciones, sobre las encuestas y procedimientos realizados, y
las condenas y penas aplicadas.


Conclusiones: México ha ratificado únicamente uno de los convenios
internacionales de la OIT de lucha contra el trabajo infantil. En México, según datos
oficiales, existen más de tres millones de niños que desempeñan trabajos, debido a la
pobreza y a las desigualdades existentes en el país. Un alto porcentaje de niños no
termina la escuela obligatoria. El gobierno no garantiza en muchos casos la
enseñanza en otro idioma que no sea el oficial del país, el español, por lo que muchos
niños indígenas con idioma propio no pueden seguir con éxito su enseñanza.


Eliminación del trabajo forzado u obligatorio.
México ratificó el convenio 29 (convenio sobre el trabajo forzoso, 1930) y el
convenio 105 (convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957) el 12 de mayo
de 1934 y el 1 de junio de 1959 respectivamente.
Aunque la ley prohíbe el trabajo forzoso, incluido el infantil, esta práctica
ocurre y persiste principalmente en los sectores rurales e industriales. Los inmigrantes
y los niños son los más vulnerables a esta práctica.
La ley prohíbe el tráfico de personas, sin embargo, las personas son traficadas
hacia, desde y dentro del país y existen informes creíbles de que la policía, y los
oficiales de inmigración y de aduanas están implicados en esta práctica.

México se ha convertido en un punto de origen, tránsito, y destino de personas
traficadas para explotación sexual. La mayoría de las víctimas no mexicanas proceden
de América central, aunque también y en menor medida de Brasil, Cuba, Ecuador,
China, Taiwán, India y países de Europa del este. Las víctimas son enviadas a los
Estados unidos así como a otros destinos dentro del país. El gobierno estima que unos
20000 niños son explotados sexualmente cada año. El turismo y la explotación sexual
de menores son problemas muy significativos en el país, concretamente en la frontera
norte y en las zonas turísticas y de recreo. Los inmigrantes sin documentación de
América central y los pobres son los grupos más vulnerables para caer en las redes del
tráfico de personas.
Existen informes de la existencia de ofertas de trabajo a víctimas pobres y sin
educación. Una vez se encuentran sin familia y aisladas, se les obliga a ejercer la
prostitución o a trabajar en una fábrica.
Muchos inmigrantes ilegales cayeron en las garras de traficantes de personas
cerca de la frontera con Guatemala, donde el creciente número de bandas como la
mara salvatrucha o barrio 18 hacen de la zona un lugar especialmente peligroso para
mujeres y niños inmigrantes que se desplazan solos hacia el norte.

Conclusiones: México ha ratificado los dos convenios fundamentales de la OIT
que tienen por objetivo luchar contra el trabajo forzoso. Sin embargo, la situación en
el país deja mucho que desear, y el trabajo forzoso es una constante en la vida de
muchas personas, incluidos niños. El tráfico de personas es muy común y México es
origen, tránsito y destino de personas traficadas para motivos de explotación sexual.

Conclusiones y recomendaciones
1. México, como miembro de la OIT, debe cooperar estrechamente con esta
organización y cumplir todos los requerimientos provenientes de los órganos
supervisores de la misma.
2. El gobierno de México debe ratificar cuanto antes los convenios 98 (convenio
sobre el derecho de organización y negociación colectiva, 1949) y 138
(convenio sobre edad mínima, 1973).
3. Las formalidades de registro de sindicatos independientes en México deben
ser menos complejas para no limitar en sí el ejercicio efectivo del derecho de
organización de un sindicato.
4. El derecho de huelga debe ser aligerado de las limitaciones establecidas a su
ejercicio. Así, el gobierno mexicano debe cumplir con lo requerido por los
órganos de la OIT que se han pronunciado en este sentido estableciendo que
los límites existentes son demasiado amplios.
5. El gobierno de México debe hacer cumplir de forma efectiva la normativa
laboral en las zonas francas de exportación.
6. Se necesitan nuevas medidas para hacer efectivo el cumplimiento de los
principios de la legislación nacional referente a la prevención de la
discriminación. Así, el gobierno de México debe cumplir con las
recomendaciones de los órganos supervisores de la OIT y hacer efectivo el
principio de igual remuneración entre hombres y mujeres.
7. La promoción del principio de la protección contra el despido en los casos de
denuncia de acoso sexual en el lugar del trabajo debe ser reforzado con el fin
de evitar el desánimo de las víctimas a hacer saber su situación y
consecuentemente poder realizar un seguimiento efectivo y poder probar los
diferentes casos.
8. México debe incrementar sus medios para luchar contra la discriminación que
las personas discapacitadas y las poblaciones indígenas sufren diariamente.
9. El gobierno de México debe posibilitar a todos los niños que puedan recibir la
enseñanza obligatoria en igualdad de condiciones y dotar al sistema educativo
de más profesorado competente en lenguas indígenas.
10. La cooperación internacional regional debe ser incrementada para evitar que el
país continúe siendo un lugar de tránsito y destino de personas para motivos
de explotación sexual.
11. Se deben incrementar los medios para luchar contra las bandas organizadas
establecidas en diversas zonas del país que hacen presas para el tráfico de
personas a muchos inmigrantes en paso, especialmente mujeres y niños.
12. En línea con los compromisos adquiridos por México en las conferencias
ministeriales de la OMC en Singapur y Doha y sus obligaciones como
miembro de la OIT, México debería entregar informes regulares a la OMC y la
OIT sobre cambios legislativos e implementación de programas referentes a
las normas internacionales del trabajo.
13. La OMC debería llamar la atención de las autoridades de México sobre los
compromisos que el país adquirió para observar las normas internacionales del
trabajo en las conferencias ministeriales de Singapur y Doha. La OMC debería
solicitar a la OIT que intensifique su trabajo con el gobierno de este país en
estas áreas y entregar al Consejo General de la OMC un informe con ocasión
de la próxima revisión de su política comercial.

Referencias
Centro Americano para la Solidaridad Sindical Internacional/ Solidarity Centre AFLCIO.
Gobierno de México. Secretaría de comercio.
OIT. Departamento de normas, varios informes.
OIT: Comité de expertos en la aplicación de convenios y recomendaciones.
CSI Informe anual sobre violaciones de derechos sindicales 2007.
Organizaciones afiliadas mexicanas a la CSI, varios informes.
Departamento de estado de Estado Unidos. Informes de países sobre prácticas de
derechos humanos.
Banco mundial: datos económicos.

jueves, 3 de diciembre de 2009

SEGURIDAD SOCIAL convenio 102, OIT

Instrumento sobre seguridad social:

Una última generación de convenios que ha celebrado México, con la Organización Internacional del Trabajo, se amplía mediante la aplicación de lo previsto
en el Convenio núm. 102. Al ofrecer un nivel más elevado de protección
en cuanto al alcance y al nivel de las prestaciones que han de
garantizarse, autorizan algunas excepciones que aseguran flexibilidad.
A continuación, se perfilan las prestaciones previstas en el Convenio núm.
102 y en convenios posteriores. Esta información no incluye las disposiciones
sobre la duración y las condiciones para tener derecho a las prestaciones;
tampoco las excepciones que se permiten en virtud de estos
instrumentos ni los niveles más elevados de prestaciones en las recomendaciones
pertinentes.

Asistencia médica• Convenio núm. 102: dispone la asistencia preventiva, la asistencia médica general, comprendidas las visitas a domicilio, la asistencia de especialistas, el suministro de productos farmacéuticos esenciales que hayan sido recetados, la asistencia prenatal, la asistencia durante el parto y la asistencia puerperal prestadas por un médico o por una comadrona diplomada,
y la hospitalización cuando ésta fuere necesaria.

Prestaciones de enfermedad:
• Convenio núm. 102: pagos periódicos que correspondan al menos al 45
por ciento del salario de referencia.

Prestaciones de desempleo:
• Convenio núm. 102: pagos periódicos que correspondan al menos al 45
por ciento del salario de referencia.

Prestaciones de vejez:
• Convenio núm. 102: pagos periódicos que correspondan al menos al 40
por ciento del salario de referencia. Obligación de revisar las tasas de las
prestaciones pertinentes tras variaciones sensibles del nivel general de
ganancias y/o del costo de vida.

Prestaciones en caso de accidentes del trabajo:
y enfermedades profesionales
• Convenio núm. 102: asistencia médica, pagos periódicos que correspondan
al menos al 50 por ciento del salario de referencia en casos de incapacidad
laboral o invalidez, las prestaciones para las viudas o para los
hijos a cargo en caso de fallecimiento del sostén de la familia, con pagos
periódicos que correspondan al menos al 40% del salario de referencia.
Posibilidad de convertir los pagos periódicos en una suma global, en
determinadas condiciones. Excepto en el caso de una incapacidad para trabajar,
la obligación de revisar las tasas de los pagos periódicos siguiendo
cambios sustanciales en el costo de vida.

Prestaciones familiares:
• Convenio núm. 102: pagos periódicos o suministro de alimentos, vestido,
vivienda, vacaciones o asistencia doméstica, o una combinación de los dos.

Prestaciones de maternidad:
• Convenio núm. 102: asistencia médica que deberá comprender, por lo
menos, la asistencia prenatal, la asistencia durante el parto y la asistencia
puerperal prestadas por un médico o por una comadrona diplomada,
así como la hospitalización cuando fuere necesaria; pagos periódicos que
correspondan al menos al 45 por ciento del salario de referencia.

Prestaciones de invalidez:
• Convenio núm. 102: pagos periódicos que correspondan al menos al 40
por ciento del salario de referencia; obligación de revisar los montos de las
prestaciones pertinentes, en caso de variaciones sensibles del nivel general
de ganancias y/o del costo de vida.

Prestaciones de sobrevivientes:
• Convenio núm. 102: pagos periódicos que correspondan al menos al 40 por
ciento del salario de referencia; obligación de revisar estos montos en caso
de variaciones sensibles del nivel general de ganancias y/o del costo de vida.

domingo, 21 de junio de 2009

PARTICIPACION DEL SECRETARIO LOZANO ALARCON


Cuarto Panel de la Cumbre de la OIT sobre la Crisis Mundial del Empleo,
celebrado el 16 de junio de 2009 y moderado por el Sr. Paranjoy Guha Thakurta, abordó la preocupación de que la crisis económica mundial pudiera ejercer una presión a la baja de los salarios, las condiciones de trabajo, las normas laborales y los derechos en el trabajo.
Los participantes en el Panel fueron la Sra. Hilda Solis, Secretaria de Trabajo, Estados Unidos; el Sr. Wiseman Nkuhlu, Presidente de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), Sudáfrica; el Sr. Michael Sommer, Presidente de la Confederación de Sindicatos Alemanes (DGB); el Sr. Carlos Tomada, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Argentina; la Sra. Aisha Abdel Hadi, Ministra de Recursos Humanos y Migración, Egipto; y el Sr. Javier Lozano Alarcón, Secretario de Trabajo y Previsión Social, México.
La crisis financiera y económica mundial había afectado a todos los países, pero a algunos más gravemente que a otros. La Sra. Solis indicó que la tasa de desempleo en los Estados Unidos había alcanzado un pico histórico de 9,4 por ciento, con tasas incluso más elevadas entre algunas comunidades de color. Los Sres. Tomada y Alarcón describieron la forma en que las crisis financieras anteriores en Argentina y México, respectivamente, habían preparado a sus países para responder más eficazmente a la actual crisis mundial.

La respuesta residía en una fuerte base de diálogo social, tripartismo y democracia. Al hacer una reflexión sobre las enormes diferencias entre las capacidades y los recursos de los países en desarrollo y de los países desarrollados para mitigar el impacto de la crisis del empleo, la Sra. Abdel Hadi apeló a la solidaridad internacional y a un mayor apoyo para los países como Egipto, donde la crisis estaba perjudicando de manera desproporcionada a las mujeres, los jóvenes y los trabajadores migrantes.

Los panelistas acogieron con satisfacción el Pacto Mundial para el Empleo. Los países de todo el mundo estaban esencialmente recurriendo a vías comunes para salir de la crisis. Entre ellas cabía citar, pero sin limitarse a esa enumeración, las siguientes: a) políticas activas de mercado de trabajo que implicaban, por ejemplo, la mejora de los servicios de empleo y la elaboración de planes de empleo temporal; b) medidas de estímulo económico que incluían el apoyo a las industrias en dificultad como la industria automotriz, la ampliación de créditos asequibles para las pequeñas y medianas empresas, inversiones en nuevos proyectos de infraestructura y empleos verdes para estimular el crecimiento y la creación de empleo, y c) esfuerzos para reforzar la protección social al tiempo que se estimulaba el consumo, por ejemplo, mediante la ampliación de las prestaciones de seguridad social, la concesión de apoyo adicional a los regímenes de seguro de desempleo, y transferencias de ingresos u otro tipo de apoyo específico para los grupos más vulnerables.

No obstante, las medidas adoptadas en el plano nacional no bastarían por sí solas para mitigar el impacto de la crisis mundial. El proteccionismo no era una opción en ese sentido. Cada panelista destacó la necesidad de poner en marcha nuevamente la economía mundial, abordando al mismo tiempo las cuestiones económicas y sociales. Se requería la cooperación internacional y una mayor coordinación con el Banco Mundial y el FMI. Era necesario el intercambio de buenas prácticas y experiencias entre los países a través de mecanismos públicos mundiales, tales como un portal Web mundial y las herramientas proporcionadas por la OIT.

La crisis económica mundial ofrecía una importante oportunidad para corregir los fallos sistémicos del mercado e introducir unos sistemas de gobernanza, regulación, rendición de cuentas, transparencia y fiscalización democrática más afianzados. El Sr. Nkuhlu pidió un enfoque más equilibrado, con participación de los trabajadores, los empresarios y los gobiernos, a fin de configurar de manera conjunta respuestas nacionales e internacionales a la crisis, así como estrategias de desarrollo nacional sostenibles para el futuro. El Sr. Sommer señaló que habrían de surgir otras crisis, debidas al cambio climático o a la pobreza y que, como en el caso de la actual crisis del empleo, las soluciones sólo podrían encontrarse mediante el trabajo conjunto.

Si bien se requería flexibilidad, no se podía retroceder en cuanto a los derechos individuales o colectivos de los trabajadores. Existía un amplio consenso respecto de la necesidad de garantizar los derechos humanos, el medio ambiente y las normas internacionales del trabajo. El Sr. Tomada afirmó que la crisis no podía servir de excusa para menoscabar las normas y destruir puestos de trabajo. La Sra. Solis señaló que se estaba ocupando de la reestructuración del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. Seiscientos setenta nuevos inspectores ayudarían a garantizar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y que no se toleraran la explotación o el abuso de los mismos. La Sra. Abdel Hadi estuvo de acuerdo en que era preciso proteger a los trabajadores y aplicar las leyes.

Todos los panelistas insistieron en la necesidad de invertir en las personas y en situar a las mujeres y los hombres en el centro de la elaboración de políticas en tiempos de crisis. El Sr. Alarcón señaló que todos los Estados del mundo deberían considerar a las personas como el elemento central de la formulación de políticas públicas, e hizo hincapié sobre el modo en que la pandemia de gripe había acentuado la toma de conciencia respecto de la importancia de la salud de las personas en relación con la economía. La Sra. Solis y la Sra. Abdel Hadi subrayaron a su vez la necesidad de impartir educación, capacitación y formación a las mujeres y hombres jóvenes para así preparar la nueva fuerza de trabajo del futuro. El Sr. Tomada se refirió a los riesgos que plantea un sector informal en crecimiento y al peligro de no ofrecer a las mujeres y hombres jóvenes acceso e igualdad de condiciones por lo que respecta al mercado de trabajo.

El Sr. Sommer afirmó que la crisis actual no marcaba el fin de la globalización, sino que ofrecía la oportunidad de configurarla con un mayor contenido social. El Sr. Nkuhlu añadió que mientras antes se había asignado preeminencia a las fuerzas del mercado y a los intereses de los inversores, ahora debíamos asegurar el equilibrio con los intereses de la economía real y de la sociedad en su conjunto. Todos los panelistas se centraron en la necesidad de crear puestos de trabajo, empleo productivo y trabajo decente, y el Sr. Nkuhlu recalcó la importancia de las herramientas e instrumentos de política relativos al desarrollo de empresas sostenibles que la OIT y sus mandantes tripartitos habían elaborado a este respecto.

El Sr. Tomada afirmó que la OIT debía incorporarse a las negociaciones del G-20, no sólo en razón de su singular estructura tripartita, sino porque representaba a la economía real, construida cotidianamente por los trabajadores y empleadores de todo el mundo. Manifestó su esperanza de que la Sra. Solis pudiera ayudar a conseguir la participación de la OIT en la próxima cumbre del G-20, que se celebraría en septiembre en los Estados Unidos. La Sra. Abdel Hadi subrayó que los líderes del G-20 no debían perder de vista la dimensión social de la crisis financiera y económica, mientras que el Sr. Sommer manifestó serias dudas sobre si los países del G-20 cumplirían sus promesas de centrarse en los empleos y el trabajo decente, en caso de que la OIT y sus mandantes no estuvieran representados.

La discusión del panel puso de relieve el papel esencial que el diálogo social podía desempeñar para abordar los problemas del sistema financiero y económico mundial. Este no era solamente un problema del sistema, afirmó el Sr. Tomada, sino también un problema de ideas erróneas. El Sr. Sommer declaró que las soluciones para el futuro debían encontrarse de manera conjunta, de modo que se pusieran de relieve los valores comunes y los derechos de los trabajadores. El Sr. Nkuhlu insistió en que el diálogo social ya no podía reducirse a consultas ad hoc, sino que era necesario institucionalizarlo. El diálogo permanente con los trabajadores y los empleadores debía ser parte principal de la labor de desarrollo de empresas sostenibles y de la formulación de políticas. La Sra. Abdel Hadi declaró que el diálogo social era esencial y había ayudado a Egipto a obtener resultados positivos. El Sr. Alarcón añadió que un auténtico diálogo social reunía a los interlocutores sociales como aliados y no como adversarios. Era necesario fortalecer el tripartismo en todas las instituciones. La Sra. Solis señaló que apoyaba la negociación colectiva, y demostró su buena disposición respecto del diálogo social con sus palabras finales: «Estoy aquí como integrante de la nueva Administración; no tratamos de imponernos, sino de escuchar y aprender».

jueves, 18 de junio de 2009

PERSPECTIVA DE GENERO, MARIA FERNANDA GARZA

Informe de la Comisión de la Igualdad de Género
1. La Comisión de la Igualdad de Género, que se celebró en su primera sesión el 3 de junio de 2009, estuvo compuesta inicialmente por 165 miembros (82 miembros gubernamentales, 30 miembros empleadores y 53 miembros trabajadores). En el transcurso de la reunión se modificó cinco veces la composición de la Comisión de modo que varió también en consecuencia el número de votos atribuido a cada miembro 1.
2. La Comisión constituyó su Mesa de la manera siguiente:
Presidente: Sr. Fredrik Arthur (miembro gubernamental, Noruega).
Vicepresidentas: Sra. María Fernanda Garza (miembro empleadora, México) y
Sra. Barbara Byers (miembro trabajadora, Canadá).
Ponente: Sra. Myra Hanartani (miembro gubernamental, Indonesia).
9. La Vicepresidenta empleadora afirmó que durante el debate de la Comisión el Grupo de
los Empleadores se centraría en la situación específica de las mujeres, dado que a menudo
eran las más vulnerables entre los trabajadores. El debate tendría por objeto lograr la
igualdad de trato entre hombres y mujeres en el mundo del trabajo. El Grupo de los
Empleadores esperaba que en la Comisión se generaran soluciones prácticas que
incluyeran directrices claras para todos los mandantes a fin de lograr la igualdad entre las
personas de uno y otro sexo. Los empleadores eran conscientes de los numerosos desafíos
que se afrontaban a la hora de lograr la igualdad de género, pero la Comisión debía
13/4 ILC98-PR13-141-Sp.doc
determinar las soluciones en vez de centrarse en los problemas. Los empleadores no
debatirían sobre cuestiones que ya se habían abordado, y los debates de la Comisión
deberían estar estrechamente relacionados con el mandato de la OIT. Se debían encontrar
diferentes respuestas que se adecuaran a las situaciones específicas de los países y del
sector privado, y dando prioridad a la sostenibilidad de los resultados. No había una única
fórmula para dar respuesta a todas las situaciones. Los países necesitaban instituciones que
proveyeran una sólida gobernanza económica, y las actividades debían adaptarse
diariamente a los diversos problemas, tales como la crisis económica y financiera. Las
pequeñas y medianas empresas (PYME), que empleaban hasta el 80 por ciento de los
trabajadores en algunos países, no contaban con los mismos recursos que las grandes
empresas; por lo tanto, la adaptabilidad y la innovación eran fundamentales para atender a
las necesidades de los trabajadores y de los empleadores. La excesiva rigidez de la
legislación del trabajo había provocado problemas para la participación de las mujeres en
el mercado de trabajo y podía entrañar consecuencias negativas para los trabajadores y las
empresas. En un contexto de crisis, era importante promulgar leyes más flexibles. Se
debían sustituir las reglamentaciones obsoletas y se debían reconocer diferentes normas y
formas de empleo que respetaran plenamente los derechos de los trabajadores. Las leyes
laborales sólo contemplaban la economía formal. La discriminación se hallaba
principalmente en la economía informal, donde las mujeres estaban excesivamente
representadas. Se debían adoptar medidas mediante las cuales se formalizaran las empresas
informales. Asimismo, las empresas del sector formal de la economía debían contar con un
contexto adecuado para su sostenibilidad, según se establece en el párrafo 11 de las
Conclusiones relativas a la promoción de empresas sostenibles de la reunión de la CIT de
2007. La educación, el desarrollo de las competencias, la formación profesional y el
aprendizaje permanente eran importantes para crear una fuerza de trabajo competitiva. Las
competencias constituían un elemento esencial para la creación de nuevas oportunidades a
fin de que las mujeres tuviesen un mayor acceso al mundo del trabajo. Los cambios en las
tecnologías y las comunicaciones se podían utilizar en este sentido, por ejemplo, en el
trabajo a distancia.
10. Uno de los mayores problemas que afrontaban las mujeres era la necesidad de conciliar la
vida profesional y la vida personal, especialmente en relación con el cuidado de los niños.
Era de vital importancia contar con estructuras sociales sólidas así como disponer de
sistemas de relaciones de trabajo innovadores. Se debían proyectar nuevas modalidades de
trabajo, tales como el trabajo a tiempo parcial o a distancia, que respetaran los derechos
laborales y no mermaran la seguridad en el empleo.
11. La Vicepresidenta trabajadora señaló que la discriminación comenzaba en una etapa
temprana de la vida de las mujeres y continuaba a lo largo de los años de trabajo, hasta la
vejez. La discriminación por razón de sexo podía ocurrir en cualquier momento de la vida,
agravada por factores tales como la raza, la edad, el origen étnico, la identificación y la
orientación sexual, y otras formas de discriminación. Se han logrado muchos avances en
materia de igualdad de género en el mundo del trabajo desde la última discusión general, y
el Informe de la Oficina ayudaba a comprender las claves para avanzar, las medidas
necesarias para alcanzarlo y las formas de eliminar los permanentes obstáculos a la
igualdad. No obstante, la actual crisis económica y laboral podría poner freno o incluso
revertir los progresos alcanzados en materia de igualdad de género. En ausencia de leyes
que rigieran la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, los salarios de las
mujeres no habían crecido al mismo ritmo que su nivel de instrucción. Las trabajadoras
permanecían en empleos de mala calidad, con remuneraciones bajas y pocas posibilidades
para la formación o el desarrollo profesional, y contaban con poco o ningún acceso a la
seguridad social. Las responsabilidades familiares se seguían considerando «tareas de las
mujeres», la provisión de protección de la maternidad continuaba planteando un desafío y
también persistían problemas (o éstos se habían agudizado) para las más vulnerables, tales
ILC98-PR13-141-Sp.doc 13/5
como las mujeres de los pueblos indígenas o tribales, las trabajadoras de las zonas francas
industriales (ZFI), las trabajadoras migrantes y del servicio doméstico.
12. La actual crisis era consecuencia de los patrones pasados de la globalización, en los que
muchos países habían adoptado el papel de «estado reducido». Para alcanzar un progreso
real, del debate de la Comisión debían surgir respuestas políticas audaces que promovieran
medidas coordinadas a escala nacional e internacional, a corto y a largo plazo, y que
englobaran los cuatros pilares del trabajo decente. La igualdad entre hombres y mujeres
debía ser la piedra angular de los planes y las políticas de recuperación de los gobiernos.
Toda medida adoptada por las instituciones financieras internacionales destinada a mitigar
la crisis debía garantizar que la igualdad de género no se viera comprometida de ninguna
manera. Los elementos clave de la respuesta a la crisis debían incluir la disminución de la
disparidad salarial entre hombres y mujeres y la ampliación de la seguridad social. En el
ámbito mundial, era necesario introducir cambios fundamentales en el modelo de
desarrollo fomentado por las instituciones financieras internacionales y la Organización
Mundial del Comercio (OMC). Era esencial lograr una coherencia normativa basada en el
trabajo decente y la igualdad de género, e incorporar el Programa Global de Empleo (PGE)
de la OIT en estas iniciativas. A nivel nacional, las respuestas políticas debían respetar las
normas internacionales del trabajo, especialmente los cuatro convenios clave en materia de
igualdad de género, Convenios núms. 100, 111, 156 y 183, al igual que la Recomendación
sobre la relación de trabajo, 2006 (núm. 198). Los gobiernos también debían asumir mayor
responsabilidad a la hora de promover los marcos jurídicos e institucionales para los
derechos de las trabajadoras, así como fomentar un entorno propicio para su aplicación. El
Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948
(núm. 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949
(núm. 98) constituían derechos laborales centrales para las mujeres y los hombres.
13. Era fundamental asegurar que la igualdad de acceso se tradujera en igualdad de resultados;
lo que podría lograrse garantizando servicios públicos de calidad y la seguridad social
universal, y subsanando la desigualdad a la que hacían frente las mujeres en el acceso a las
pensiones y otros beneficios de la seguridad social. El fortalecimiento de la protección de
la maternidad era decisivo para la igualdad en el lugar de trabajo. El diálogo social seguía
siendo una herramienta normativa importante, y debían ampliarse las consultas tripartitas a
nivel nacional tanto en su composición como en su contenido a fin de que se tuvieran en
cuenta las voces de las mujeres y se incluyera contenido específico en materia de género.
Las organizaciones de trabajadores también debían incorporar en mayor medida el
protagonismo de las mujeres en sus estructuras. La negociación colectiva centralizada y
coordinada era vital para reducir las brechas salariales de género y para lograr que los
resultados de las negociaciones tuvieran en cuenta las cuestiones de género. Los Programas
de Trabajo Decente por País (PTDP) de la OIT debían asegurar la participación plena de
los interlocutores sociales y una mayor intervención de las mujeres en su diseño y
ejecución. Debían incorporar una perspectiva de género e incluir mediciones que
permitieran hacer el seguimiento de la forma en que los resultados previstos incidirían en
las mujeres y los hombres. Del mismo modo, los empleos verdes debían examinarse en
relación con el género.

miércoles, 17 de junio de 2009

DISCURSO DE COPARMEX EN OIT


Sr. GONZÁLEZ SADA (empleador, México)
Vivimos tiempos difíciles de penurias para millo-nes de personas, pero también de alternativas abier-tas. Si así lo vemos, y logramos estar a la altura, puede ser un período de regeneración para impulsar un desarrollo verdaderamente sostenible. No se trata de ser alarmistas sino de asumir el desafío con luci-dez, apertura, coraje y sensatez.
Desde la perspectiva de la Confederación Patronal de la República Mexicana, como representantes de los empleadores mexicanos, consideramos que tanto en nuestro país como en el mundo es necesario se-guir un camino de dos pistas. La fórmula se aplica, incluso, para cada empresa, en su contexto particu-lar, y entendiendo a la empresa no sólo desde el punto de vista de negocio, sino como proyecto de vida común para trabajadores y empleadores.
La primera pista es la del escenario inmediato, donde debemos responder con sentido de urgencia.
Aquí pensamos que la intervención del sector público a nivel global, y en cada país, sí es indis-pensable para que los mercados recuperen su dina-mismo. De hecho, es una responsabilidad de los gobiernos.
Estamos en una coyuntura que amenaza la viabi-lidad de millones de empresas.
No hay razón para ver en ello un error congénito en los principios democráticos y de la economía de mercado. De hecho, de lo que se trata es de aprove-charlos oportunamente, porque no hay ningún me-canismo mejor para resolver las cambiantes necesi-dades políticas y económicas de las personas.
Tenemos, como símil, una presa que se está des-bordando y no puede arreglarse solamente con di-ques o remedios provisionales. Necesitamos trabajar en su estructura para que pueda servirnos por mu-chos años más. Esa es la segunda pista, y ahí consi-deramos que hace falta trabajar muchísimo más.
No podemos ver la crisis de manera aislada. Co-mo en la química, es un elemento que está haciendo reacción sobre un compuesto que no funciona co-rrectamente.
En México y en América Latina, la crisis nos tomó por sorpresa en una época de transición. No hace mucho que los principios democráticos y de libre mercado comenzaron a asentarse en la práctica y con bases sólidas en nuestros países.
Como en toda transición, las oportunidades y las esperanzas corren paralelas a las amenazas de re-gresión y a los dolores naturales que los cambios traen consigo. Ahí siempre hay un caldo de cultivo propicio para el oportunismo político, llámese de izquierda o de derecha.
Ahora el riesgo es mayor. No permitamos que ese populismo confunda y lucre con la crisis. Lo que tenemos que hacer es quitarle a la democracia y a la economía de mercado el lastre y los obstáculos que no la dejan actuar.
Si no somos capaces de hacerlo, no nos extrañe-mos de que ganen terreno una corriente de oportu-nismo populista, o las ideologías que ya han demos-trado sus riesgos y limitaciones.
El debate sobre estos puntos, en América Latina, es real. De hecho, como organización empresarial, queremos refrendar nuestra solidaridad y respaldo a las asociaciones hermanas que están luchando por los canales legales para defender la democracia y la libertad de empresa en sus países, como en el caso de Venezuela.
México no es la excepción: hace apenas tres años vivimos un escenario muy complicado de polariza-ción que aún no hemos superado del todo. Hay de-mandas sentidas y legítimas de la población de me-nos recursos que no se han resuelto por décadas.
Aunque la situación es delicada, nuestros países están en mejores condiciones para resistir y eso se debe, en gran medida, a los avances democráticos y económicos. Ahora hay que dar no un paso, sino un salto para consolidar esos cambios, y creemos que eso se aplica a nivel global.
Hay que rechazar el proteccionismo y el populis-mo, pero dando el salto definitivo para, por ejem-plo, sacar adelante las negociaciones de la Ronda de Doha, dar el salto que se requiere para hacer una globalización más humanizada, sustentable e inteli-gente.
Hay que poner como prioridad a las pequeñas y medianas empresas, así como impulsar la educación de calidad, la capacitación, el desarrollo tecnológico y la innovación, tanto a nivel de empresa, como de sindicato y gobiernos. Hay que ver en las tecnolog-ías verdes una gran oportunidad de estimular la economía.
Las empresas deben apostar por la innovación, pe-ro también por la responsabilidad civil. Hay que promover el empleo digno, el estado de derecho y la economía formal sobre la ilegal, así como trabajar mucho sobre el tema de la desregulación y hacer las reformas necesarias para adaptar nuestras econom-ías a las nuevas realidades.
Per ejemplo, en vez de inhibir el empleo, tenemos que crear un marco legal que aproveche las posibi-lidades que hoy abren las nuevas tecnologías y las circunstancias demográficas de cada país.
La otra alternativa es tender puentes para ir hacia atrás. No lo permitamos. Hoy, los países, los em-pleadores, los trabajadores, las organizaciones y la sociedad en general tenemos el reto de encontrar sinergias para reforzar las bases del desarrollo y progreso humano.

miércoles, 10 de junio de 2009

VIOLACION DE LOS DERECHOS SINDICALES


INFORME ANUAL ITUC-CSI, SOBRE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS SINDICALES 2009.

CAPITULO MEXICO

Las violaciones a los derechos son graves y numerosas. Las movilizaciones y huelgas de trabajadores han sido reprimidas con abbuso de fuerza por la policía. Continúa la estrategia empresarial de firmar contratos de protección con sindicatos fantasmas. El Estado no protege a los trabajadores cuando intentan ejercer sus derechos. Se están usando mecanismos ilegales para destruir sindicatos.

Así se establece el informe presentado en la 98 Conferencia de la OIT, misma que dio a conocer los casos que en México han sido registrados bajo un contexto que señala:

Contexto General: La violencia azota al país. Los asesinatos que muchos atribuyen al nacotráfico se cuentan por miles. Extorciones y secuestros aterrorizan a la sociedad mexicana. La dependencia del país a la economía de los EE.UU. ha tenido impacto negativo. Las migraciones se incrementaron al tiempo que disminuian las remesas. La pobreza es impresionante y la corrupción se ha entronizado en las esferas gubernamentales. La policía participa también en secuestros y extorciones, y el ministerio público y los organismos judiciales también están involucrados.

Presentacion del Informe en Sesión Plenaria por Agnes Jongerius. OIT

México
Población: 106.790.000 / Capital: Ciudad de México
Convenios fundamentales de la OIT ratificados: 29 - 87 - 100 - 105 - 111 - 182
Las violaciones a los derechos fundamentales de los trabajadores son graves y numerosas. Las movilizaciones y huelgas de trabajadores han sido reprimidas con abuso de fuerza por la policía. Continúa la estrategia empresarial de firmar contratos de protección con sindicatos fantasmas. El Estado no protege a los trabajadores cuando intentan ejercer sus derechos. Se están usando mecanismos ilegales para destruir sindicatos.

Derechos sindicales según la ley
Libertad sindical - Registro de sindicatos: No se requiere ninguna autorización previa para formar un sindicato. No obstante, para conseguir la personería jurídica, los sindicatos deben inscribirse en el Registro de Asociaciones, una oficina de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Las autoridades pueden negarse a "tomar nota" si consideran que el sindicato ha violado o no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo. Esta consideración se hace a través de una inspección de los procedimientos sindicales. Aunque se puede apelar el informe de un inspector, no existe un recurso jurídico para cambiarlo efectivamente u ordenar que se vuelva a efectuar la inspección. Un sindicato no registrado no puede convocar huelgas ni participar en negociaciones colectivas y, además, está excluido de todo comité tripartito.

Los extranjeros no pueden ser miembros de los comités ejecutivos sindicales.

A pesar de la insistencia de la OIT, el Estado no ha cumplido su promesa de ratificar el Convenio 98.

Restricciones en el sector público: La ley impone un monopolio sindical para los funcionarios del Estado, prohibiendo la coexistencia de dos o más sindicatos en el mismo organismo estatal. Igualmente, la ley obliga los trabajadores/as a afiliarse a los sindicatos pertenecientes a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE). Los funcionarios no pueden abandonar el sindicato al que se hayan afiliado. Los dirigentes de los sindicatos del sector público no pueden presentarse a reelección.

También se impone por ley el monopolio sindical con respecto a la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios.

Limitaciones al derecho de huelga: El artículo 123 de la Constitución mexicana, inciso XVIII, establece que "las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital. En los servicios públicos será obligatorio para los trabajadores/as dar aviso a la Junta de Conciliación y Arbitraje con diez días de anticipación de la fecha señalada para la suspensión del trabajo. Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del Gobierno".

Los empleados del sector público sólo pueden convocar una huelga en el evento de una violación general y sistemática de sus derechos establecidos en la Constitución. Deben contar con el apoyo de dos tercios de los trabajadores/as en la repartición pública en cuestión. Esa misma ley permite al gobierno movilizar a los trabajadores/as en caso de emergencia nacional, incluso cuando ésta haya sido ocasionada por un conflicto laboral.

Derechos sindicales en la práctica y violaciones en 2008
Contexto general: La violencia azota al país. Los asesinatos que muchos atribuyen al narcotráfico se cuentan por miles. Extorsiones y secuestros aterrorizan a la sociedad mexicana. La dependencia del país a la economía de los EE.UU. ha tenido un impacto negativo. Las migraciones se incrementaron al tiempo que disminuían las remesas. La pobreza es impresionante y la corrupción se ha entronizado en las esferas gubernamentales. La policía participa también en secuestros y extorsiones, y el ministerio público y los organismos judiciales también están involucrados.

Contratos de protección: Continúan los denominados "contratos de protección patronal", calificados por la CSA como "el producto más grotesco del modelo laboral mexicano". En México, los "contratos de protección", simulacros de acuerdos colectivos elaborados por la patronal, negociados a espaldas de los trabajadores y depositados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, infringen los derechos sindicales al impedir una auténtica organización sindical en la empresa, la negociación colectiva real y la posibilidad de ejercer el derecho de huelga.

Se han identificado cinco sectores donde estos contratos son más frecuentes: el automotriz, las cadenas de supermercados, servicios de limpieza, las aerolíneas de "bajo costo" y empresas de maquila.

Reprimen a profesores: Se produjeron desalojos violentos de profesores y padres de familia que bloqueaban carreteras federales en protesta contra la Alianza por la Calidad de la Educación (ACE), al considerar que este plan educativo del gobierno atenta contra sus derechos laborales, sindicales y contra la propia Constitución. Los cuerpos de seguridad estatal y federal incurrieron en detenciones arbitrarias y agresiones verbales y físicas al arremeter contra los profesores. Sólo en Xoxocotla, donde tuvo lugar el desalojo más violento, 16 personas fueron detenidas; en Amayuca hubo 49 detenidos y dos más en Tres Marías.

Solidaridad con la lucha de los trabajadores: Trabajadores de Suajes y Preparaciones de Ecatepec, despedidos injustificadamente y en lucha por su reinstalación desde el 7 de junio de 2007 han recibido apoyo de diversas organizaciones nacionales e internacionales. Se denunciaron los intentos de represión en contra de los trabajadores y despedidos y la presencia de matones durante la audiencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 28 de noviembre de 2008, para amedrentar a los abogados y a los obreros.

Despedidos por crear un sindicato independiente: Treinta trabajadores afiliados al Sindicato Nacional Independiente de Instituciones Educativas, Similares y Conexos 20 de Noviembre (creado en mayo de 2008), fueron despedidos en agosto de 2008 por la Universidad del Valle de México, institución privada filial de la corporación transnacional Laureate Education Inc., con sede en los EE UU, en represalia por haber solicitado el registro de un sindicato independiente.

Violaciones en empresa minera: La mayor empresa minera del país, Grupo México, y el gobierno, han intentado destruir el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM). Los ataques al sindicato han consistido, entre otros actos, en retirar el reconocimiento legal al Secretario General, Napoleón Gómez Urrutia, y a otros dirigentes elegidos democráticamente, alegando pruebas falsas y emitiendo órdenes de arresto sin fundamento. El gobierno y el Grupo México trataron de destruir el sindicato reconociendo a un sindicato favorable a la dirección de la empresa y convocando elecciones en las que los trabajadores fueron obligados a afiliarse a él.

La Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FITIM) ha exigido al gobierno mexicano que libere todos los fondos sindicales ilegalmente confiscados por el gobierno; que levante todos los cargos aún pendientes contra la directiva del SNTMMSRM; que someta a juicio, de forma inmediata y transparente, a todos los responsables de adulteración de documentos y de hechos, y que investigue la implicación del Grupo México en el asesinato de Reynaldo Hernández González y en la detención y tortura de 20 miembros del SNTMMSRM en Nacozari, Sonora. La FITIM remitió además una queja a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) contra el gobierno mexicano, con particular referencia a violaciones del Convenio núm. 87 de la OIT.

Secuestran a trabajadores para obligarlos a renunciar: Los trabajadores/as de los baños públicos en la Central de Abasto del D.F., miembros del Sindicato de Trabajadores de Casas Comerciales, Oficinas y Expendios, Similares y Conexos del D.F. (STRACC) afiliado al Frente Auténtico del Trabajo (FAT), fueron convocados por el responsable de la empresa concesionaria de los servicios de limpieza, Operadora Empresarial SAFE, y trasladados a una supuesta "junta informativa" fuera de la capital. En el Hotel Abastos Plaza, el Gerente General los fue llamando uno por uno y representantes de la empresa les informaron que ya no podían regresar a trabajar porque iban a ser sustituidos por otros trabajadores a partir de ese día y que si no firmaban su renuncia los iban a demandar por la vía penal argumentando robo. Tras varias horas de presiones, 14 trabajadores/as firmaron su renuncia. Los trabajadores/as despedidos injustamente fueron sustituidos por personal que no está afiliado al STRACC, lo que constituye una violación del contrato colectivo firmado por dicho sindicato.

La empresa siguió presionando al resto de los trabajadores para que firmaran su renuncia, trasladándolos a distintos lugares de trabajo y ejerciendo violencia verbal en todo momento. Un mes después, un funcionario de la Secretaría del Gobierno del D. F., con apoyo de la fuerza pública, procedió a desalojar haciendo uso de la fuerza a todos los trabajadores y trabajadoras, deteniendo a cinco miembros del FAT y a ocho trabajadores por “uso indebido de sus derechos”.

Trabajadores de líneas aéreas se oponen a los sindicatos fantasmas y los contratos de protección: Los sindicatos de trabajadores de las líneas aéreas mexicanas protestaron contra la práctica patronal de firmar acuerdos con los sindicatos fantasmas, para que les den contratos de protección. Indicaron que de 14 líneas aéreas de México, sólo cuatro tienen sindicatos democráticos, mientras que en las demás no hay sino sindicatos fantasmas y contratos de protección. Las autoridades de trabajo reconocen a los sindicatos fantasmas aun cuando los trabajadores nunca eligieron a sus representantes.

Despidos antisindicales en PEMEX: Tras haber iniciado los trámites para la formación de la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP), la compañía Petróleos Mexicanos (PEMEX) procedió a despedir a numerosos trabajadores y personal de confianza, incluyendo todos los integrantes del comité ejecutivo en México, Poza Rica, Reynosa, Tula, entre otros lugares, donde existían representantes de la asociación que se estaba conformando.

El proceso de registro de la UNTyPP estaba por concluirse y se esperaba la visita del personal de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) para atestiguar que los representantes seguían laborando en sus centros de trabajo. Los despidos pretendían impedir la inscripción del sindicato.

© ITUC-CSI-IGB 2009 | www.ituc-csi.org | ContactDesign by Pixeleyes.be

PROTECCION AL EMPLEO


El Diálogo Social que negocia en conjunto, identificando prioridades, estimulando la acción para representar el valor de diálogo social, el papel poderoso de negociación colectivo como un instrumento para la solución de problema y el progreso y la base social y económica asegurados por una relación de empleo fuerte no podemos hacer mejor que referirnos a la Declaración de Justicia Social.
Las partes estuvieron de acuerdo a la convicción que en un mundo de interdependencia creciente y complejidad y la internacionalización de producción:
Los valores fundamentales de libertad, la dignidad humana, la justicia social, la seguridad jurídica y la no discriminación son esenciales para el desarrollo sostenible económico y social y la eficacia; entre gobiernos y las organizaciones representativas de trabajadores y patrones dentro de y a través de fronteras son ahora más relevantes al alcanzar soluciones y al aumento de la cohesión social y la autoridad de la ley por, entre otro medio, a través de las normas internacionales de trabajo;
La importancia de la relación de empleo debería ser reconocida como el medio de proporcionar la protección legal a trabajadores;
- empresas productivas, provechosas y sostenibles, juntos con una economía fuerte social y un sector público viable, son críticas al desarrollo sostenible económico y oportunidades de empleo;
- la Declaración Tripartita de Principios que conciernen Empresas multinacionales y la Política Social (1977), como revisado, que dirige el papel creciente de tales actores en la realización de los objetivos de la Organización, tiene la importancia particular; como los partidos(las partes) están de acuerdo con el diálogo social que promueve y tripartismo como la mayor parte de métodos apropiados para:
- adaptación de la puesta en práctica de los objetivos estratégicos a las necesidades y las circunstancias de cada país;
- traducción de desarrollo económico en progreso social, y progreso social en desarrollo económico;
- la facilitación del acuerdo general que agrega la política relevante nacional e internacional que hace impacto con el empleo y estrategias de trabajo decentes y programas;
- fabricación de ley de trabajo e instituciones eficaces, incluyendo en respeto del reconocimiento de la relación de empleo, la promoción de relaciones buenas industriales y el edificio de sistemas eficaces de trabajo de inspección.
como las partes están de acuerdo con el diálogo social que promueve y tripartismo como la mayor parte de métodos apropiados para:

- adaptación de la puesta en práctica de los objetivos estratégicos a las necesidades y las circunstancias de cada país;

- traducción de desarrollo económico en progreso social, y progreso social en desarrollo económico;

- la facilitación del acuerdo general que agrega la política relevante nacional e internacional que hace impacto con el empleo y estrategias de trabajo decentes y programas;


Sharon Burrow.
4to. President, ILO.

Proteccion al empleo


El Diálogo Social que negocia en conjunto, identificando prioridades, estimulando la acción para representar el valor de diálogo social, el papel poderoso de negociación colectivo como un instrumento para la solución de problema y el progreso y la base social y económica asegurados por una relación de empleo fuerte no podemos hacer mejor que referirnos a la Declaración de Justicia Social.
Las partes estuvieron de acuerdo a la convicción que en un mundo de interdependencia creciente y complejidad y la internacionalización de producción:
Los valores fundamentales de libertad, la dignidad humana, la justicia social, la seguridad jurídica y la no discriminación son esenciales para el desarrollo sostenible económico y social y la eficacia; entre gobiernos y las organizaciones representativas de trabajadores y patrones dentro de y a través de fronteras son ahora más relevantes al alcanzar soluciones y al aumento de la cohesión social y la autoridad de la ley por, entre otro medio, a través de las normas internacionales de trabajo;
La importancia de la relación de empleo debería ser reconocida como el medio de proporcionar la protección legal a trabajadores;
- empresas productivas, provechosas y sostenibles, juntos con una economía fuerte social y un sector público viable, son críticas al desarrollo sostenible económico y oportunidades de empleo;
- la Declaración Tripartita de Principios que conciernen Empresas multinacionales y la Política Social (1977), como revisado, que dirige el papel creciente de tales actores en la realización de los objetivos de la Organización, tiene la importancia particular; como los partidos(las partes) están de acuerdo con el diálogo social que promueve y tripartismo como la mayor parte de métodos apropiados para:
- adaptación de la puesta en práctica de los objetivos estratégicos a las necesidades y las circunstancias de cada país;
- traducción de desarrollo económico en progreso social, y progreso social en desarrollo económico;
- la facilitación del acuerdo general que agrega la política relevante nacional e internacional que hace impacto con el empleo y estrategias de trabajo decentes y programas;
- fabricación de ley de trabajo e instituciones eficaces, incluyendo en respeto del reconocimiento de la relación de empleo, la promoción de relaciones buenas industriales y el edificio de sistemas eficaces de trabajo de inspección.
como las partes están de acuerdo con el diálogo social que promueve y tripartismo como la mayor parte de métodos apropiados para:

- adaptación de la puesta en práctica de los objetivos estratégicos a las necesidades y las circunstancias de cada país;

- traducción de desarrollo económico en progreso social, y progreso social en desarrollo económico;

- la facilitación del acuerdo general que agrega la política relevante nacional e internacional que hace impacto con el empleo y estrategias de trabajo decentes y programas;

Sharon Burrow
4 tuc President, ILO

martes, 9 de junio de 2009

DENUNCIA ANTE OIT


José Guadalupe Uribe Guevara

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE RELACIONES NACIONALES E
INTERNACIONALES DEL CONGRESO DEL TRABAJO DE MÉXICO

CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
98ª. Reunión, Ginebra, Suiza, junio 6 de 2009

EL COSTO DE LA CORRUPCIÓN EN LA
GENERACIÓN DEL DESEMPLEO

TEMA que presenta a la Comisión Plenaria sobre Respuestas
a la Crisis, la representación del Congreso del Trabajo de México

La crisis financiera mundial, como todos sabemos, es deflación de los precios internacionales de las materias primas, devaluación de las monedas y revaluación del dólar, colapso financiero con quiebra de bancos y empresas, crisis crediticia con achicamiento del consumo, y oleadas de despidos constantes de trabajadores.
A nombre de los trabajadores de la empresa Jhonson Control, que opera a nivel mundial en la fabricación de autopartes, denuncio desde ésta alta tribuna del trabajo, lo siguiente:
Que la situación financiera impacta para la realización de paros técnicos.
Que se han tenido que efectuar despidos de trabajadores.
Nos quejamos porque la crisis financiera, generada por maniobras de corrupción, nos esta pegando fuertemente.
A nombre de trabajadores de la empresa Opel, el dirigente sindical, Klaus Franz, ha responsabilizado a la casa matriz de General Motors, de este desastre es, entre otros, el director de finanzas de General Motors en Europa, Enrico Digirolamo, que también es miembro del consejo de vigilancia de Opel que emplea en Alemania a 25.000 trabajadores.
Durante 77 años, General Motors, encabezó la industria automotriz. En 2008 con 62 mil trabajadores sindicalizados, tendrá que despedir ahora a 24 mil.
Para salvar el empleo de los 38 mil trabajadores, no despedidos, el gobierno de los Estados Unidos, ha tenido que aportar 50 mil millones de dólares, en tanto que el Estado Canadiense y la provincia de Ontario, 9 mil 500 millones de dólares y se quedan con el 12 por ciento de la empresa, en tanto que el gobierno de los Estados Unidos con el 60 por ciento y del 28 restante no se ha informado como va a quedar.
Mediante la operación estatal “salvataje” la General Motors blanqueará, con fondos públicos mas de 79 mil millones de dólares en deuda. Tendrá un ahorro de miles de millones de dólares despidiendo a los trabajadores… cerrará mas de una docena de fábricas y reducirá su red de concesionarios en un 40 por ciento.
La industria automotriz es integradora de otras empresas que producen las refacciones y materiales que se usan para hacer funcionar cada uno de los vehículos que produce. No es concebible que tengan pérdidas tan millonarias como las que se manejan.
Los trabajadores culpan a la mala administración, salarios altos de los ejecutivos, prestaciones, y derroche de dineros en la mala administración. Pero también hay una serie de componendas con las financieras y la comercialización.
Todo esto tiene una dosis de corrupción, porque los vehículos que producen, no los regalan a nadie. Compiten en los mercados y se venden. Entonces, los trabajadores han acusado los malos manejos por parte de los ejecutivos. Los cálculos no fallan, están armados perversamente para que fallen.
Haciendo un recuento de esta llamada “crisis financiera” y la perversa operación de corrupción, que ha permeado gravemente, tenemos primero, la irradiación de la crisis a los mercados financieros, tras la caída del pulpo financiero Lehman Brothers y del gigante de las telecomunicaciones World Com. Después la baja de las exportaciones e importaciones con caída del consumo y el despido de trabajadores.
El desembolso sin precedentes de 4 billones de dólares realizado por los Estados Unidos, para salvar al sistema capitalista de las quiebras, no ha tenido hasta ahora ningún resultado para salvar la crisis financiera recesiva, ni tendrá resultados positivos, porque ahora los fondos de este rescate están encaminados a una nueva desviación porque no se ha aplicado el remedio preciso.
La violencia genera violencia, la corrupción genera impunidad, y la impunidad cuesta dinero o violencia. Esta versión la vemos en la operación del crimen organizado, y la corrupción es el mecanismo que ha consolidado el resquebrajamiento de las finanzas y consecuentemente se ha convertido en la peor enemiga de la generación de empleos.
El reino de la impunidad es evidente, es el re¬sultado de las argucias de la corrupción. Los culpables no son llamados a reparar el daño. Ni van a reparar el daño nunca.

Hay un dicho en México que usan los malosos para legitimar sus fechorías, este dicho dice “el que no tranza no avanza”. La pa¬labra tranza es referente a una transacción de corrupción que es el arreglo o reparto del fruto obtenido aparentemente en la legali¬dad.

La corrupción ha permeado en todos los ámbitos de la so¬ciedad como el virus mas maligno de las economías y de las fi¬nanzas. Se debe tipificar como delito grave en la legislación penal de todas las naciones, en la figura de delincuencia organizada, y castigar severamente a los involucrados.

Es crimen organizado porque los jueces corruptos liberan a los delincuentes mediante una gratificación. Los compradores de las empresas, reciben una gratificación por comprar mas caro o por simplemente por aceptar al proveedor. Los políticos se asig¬nan sueldos elevados, especulan con la información oficial y se otogan jugosas concesiones. Nuestros compañeros sindicalistas, venden los contratos colectivos, realizan las negociaciones con los emplea¬dores a espaldas de los trabajadores. Los empleadores buscan la negociación corrupta para tener contento al dirigente sindical y ahorrarse el pago de mejores salarios y prestaciones.

Todo esto y lo que nos faltó, nos deja ver este cuadro patéti¬co que les voy a presentar:

Trabajadores pobres 1,300 millones
Desempleados 190 millones
Jóvenes en busca de empleo mas de 500 millones
Sin seguridad social 5,300 millones
Sin energía 1,600 millones
Vivienda no decorosa 1,000 millones

En las quiebras de las empresas vemos una derrota al sin¬dicalismo. Una derrota para los que pierden su empleo y para sus familias. Una derrota a los gobiernos y a las naciones que concluye con la reparación de los daños económicos con los dineros publicos.

Al igual que el programa de difusión que ha implementado la OIT para concientizar a la sociedad sobre el trabajo forzoso y la trata de personas, es necesario establecer un programa de difu¬sión para concientizar a sindicalistas, trabajadores y empleadores y gobierno sobre la dignificación sindical. Una fuerte campaña para combatir la corrupción debe ser el fundamento de las nuevas políticas públicas, privadas y sociales en materia de empleo.

En México, hablar de sindicatos es hablar de corrupción, ha¬blar de dirigentes sindicales, es hablar de millonarios que junto con los empleadores, disfrutan los dineros que les corresponden a los trabajadores. Pero el fenómeno es mundial, hay corrupción sindical en la mayoría de las naciones.

La corrupción en los sindicatos es la principal enemiga del sindicalismo mismo y del empleo.


Los invito a todos los compañeros, a combatir la corrupción. Invito a la OIT, a iniciar una gran campaña en contra de la corrup¬ción, invito a los empleadores y a los gobiernos a involucrarse para combatir esa dañina práctica de la corrupción.

Es necesario que en el Pacto Mundial para el Empleo que nos proponemos a firmar, tenga especial relevancia este tema.

Solidariamente.
José Guadalupe Uribe Guevara